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Operador de Mantenimiento RENFE

INSCRIPCIÓ CANDIDATURES MÀXIM 19 DE MARÇ

Se trata de una oferta de empleo público para acceder como Operador de Mantenimiento en los talleres que Fabricación y Mantenimiento tiene en Cataluña:


- Barcelona San Andrés Condal: dedicado al mantenimiento de los trenes de Media Distancia que prestan servicio en el ámbito de Cataluña.
- Barcelona Can Tunis: donde se realiza el mantenimiento de las locomotoras de mercancías.
- Vilanova y la Geltrú: además del mantenimiento de los trenes de Rodalies, lleva a cabo las grandes reparaciones de los trenes de Rodalies y de Media Distancia.

Objeto

 

30 puestos de Operador de Ingreso de Mantenimiento y Fabricación, especialidad Electricidad-Electrónica, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cataluña.

 

Los puestos de trabajo tendrán como referencia las condiciones laborales y retributivas establecidas en el Convenio Colectivo del Grupo Renfe.

 

El Grupo Renfe podrá determinar la ubicación geográfica concreta de estos 10 puestos en el momento de la resolución de la convocatoria, atendiendo a las necesidades existentes.

 

Requisitos Específicos

 

Además de los requisitos generales enunciados anteriormente, los participantes deberán reunir, a fecha 16 de marzo de 2023, los siguientes requisitos específicos, para cada una de las plazas ofertadas.

 

Los candidatos deberán tener en cuenta en el momento de la inscripción que las pruebas de conocimientos serán específicas por especialidad y se realizarán simultáneamente en una única sesión presencial, por lo que no podrán presentarse a más de una especialidad.

 

 

Requisitos Valorables

 

Se valorarán a efectos de méritos:

 

 

Acreditación de Requisitos Específicos y Valorables

 

La acreditación de la titulación académica deberá realizarse aportando copia del Título solicitado. En el caso de no estar en posesión del Título, durante el período de inscripción, deberá presentarse una certificación académica oficial, junto con el justificante de haber abonado las tasas de expedición del Título.

 

Para acreditar el nivel de idioma solicitado, en relación a la valoración de méritos, deberá aportarse copia de un certificado oficial que acredite el nivel de idioma.Ver listado certificados oficiales >> 

 

El Grupo Renfe acreditará la experiencia de las personas que estén contratadas de manera temporal en entre iguales al ofertado en esta convocatoria.​

 

 Admisión de solicitudes y plazo de presentación

 

  1. Plazo de admisión de solicitudes:

Del día 2 de marzo al 19 de marzo, ambos incluidos.

 

Este mismo plazo será el único hábil para la impugnación de la presente Convocatoria.

 

Los candidatos presentarán su solicitud de participación únicamente a través de la página web del Grupo Renfe, www.renfe.com, en el apartado Empleo y Formación.

 

  1. Los candidatos deberán realizar un abono de quince euros (15 €) en concepto de “derechos de participación”, a través de la pasarela de pago de Caixabank, siguiendo las instrucciones especificadas en el formulario de inscripción en la página web de Renfe, www.renfe.com. debiendo realizar tantos ingresos como convocatorias a las que se presente como candidato.

 

En el caso de no haber realizado el citado ingreso, o que la cantidad ingresada no sea la correcta, no se considerará válida la inscripción en la convocatoria y, por tanto, el candidato será excluido del proceso.

 

De igual forma se procederá con los candidatos que habiendo realizado el ingreso no hayan formalizado la correspondiente inscripción dentro del plazo y por el canal establecido al efecto.

 

En ningún caso, el Grupo Renfe realizará la devolución del importe de los derechos de participación por la no obtención de plaza, por la no asistencia a las pruebas de selección, por no reunir o acreditar los requisitos de la convocatoria, por la inscripción en ambas convocatorias o por abonar los derechos sin realizar la inscripción en la web del Grupo Renfe.

 

Estarán exentas del pago de esta tasa:

 

  1. a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
  2. b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante, al menos, un mes antes de la fecha de publicación de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

Estos extremos deberán justificarse mediante la presentación de certificación al efecto emitida por el Servicio Público de Empleo Estatal.

  1. c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre de Protección a las Familias Numerosas. Tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
  2. d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.

 

El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.

 

En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

 

En el caso de exención del pago de la tasa o de reducción de esta, deberá adjuntarse la documentación justificativa de la exención o reducción.